FSC-CCOO Sector Administración de Justicia | 15 enero 2025.

Comunidad de Madrid: convocatoria de comisiones de servicio en órganos de nueva creación

    CCOO  sigue luchando para que todas las comisiones de servicio para ocupar puestos de trabajo vacantes en la Administración de Justicia madrileña, sean ofertadas, tal y como se hace con los órganos de nueva creación, de forma pública, así como los criterios de selección de los participantes y la adjudicación. Será una de las muchas reivindicaciones principales que reclamaremos que se incorporen al nuevo Acuerdo Sectorial del personal de Justicia de Madrid cuya negociación venimos exigiendo a lo largo de éste año.

    03/12/2021.
    comisiones de servicios justicia

    comisiones de servicios justicia

    Es inadmisible, como venimos denunciando desde CCOO, el mercadeo y tráfico de influencias de la Consejería, en complicidad con algunos/as LAJ, está practicando para otorgar comisiones de servicio, “a dedo”, fundamentalmente en puestos de trabajo de centros de destino que conllevan una mayor retribución (juzgados de instrucción, Violencia de Madrid, etc) en detrimento de los/as trabajadores/as que, con mejor derecho.  

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    ▀ Publicamos la convocatoria de comisiones de servicios que nos ha remitido a CCOO la Consejería de Justicia para ocupar los  puestos de trabajo de la plantilla de los órganos judiciales  de nueva creación que entrarán en funcionamiento el próximo día 31 de diciembre de 2021.

     

    Plazo para presentar la solicitud: hasta el día 10 de diciembre de 2021.

    Modo de presentación:

    La solicitud  será dirigida a la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, a través de correo electrónico a GESTIONPERSONALJUSTICIA@MADRID.ORG, a través de los registros electrónicos o en las Unidades Administrativas y de Coordinación del Proyecto Civitas, expresando claramente el Juzgado para el que desean la comisión de servicios, a la que acompañaran informe emitido por el Letrado/a de la Administración de Justicia o responsable de la unidad orgánica de su destino actual.

    El funcionario destinado en ámbitos diferentes a la Comunidad de Madrid deberá aportar el informe de la Administración de origen.

     

    Selección de candidatos/as:

    Para la selección de candidatos prevalecerá el interés del servicio, según se desprende del apartado 3 del artículo 73 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre y las comisiones se otorgarán teniendo en cuenta el orden de los solicitantes en el escalafón del cuerpo correspondiente.